Ningún gobierno tiene derecho de destruir a su propio pueblo en paz

El debate sobre Venezuela ha sido secuestrado por una lectura selectiva -y profundamente hipócrita- del derecho internacional.
Se invoca la "soberanía", la "no intervención" y el "orden jurídico internacional" como si estos conceptos existieran para proteger a los gobiernos, y no a las personas.
Como si la soberanía estatal fuera un escudo moral absoluto, capaz de justificar el hambre, la persecución, la tortura, el exilio masivo y la supresión completa de la voluntad popular. No lo es.

La soberanía no es un fin en sí misma; nunca lo fue.
Es un instrumento funcional, condicionado al cumplimiento mínimo de los deberes del Estado para con su población.
Cuando un régimen transforma a su propio pueblo en rehén -empobrece deliberadamente a la sociedad, destruye instituciones, persigue opositores, defrauda elecciones y elimina cualquier posibilidad real de alternancia de poder-, ese régimen pierde la legitimidad que da sentido a la soberanía que alega defender.
El derecho a la vida, a la dignidad humana y a la autodeterminación de los pueblos no son "valores occidentales" opcionales ni retórica política.
Son normas centrales del orden jurídico internacional contemporáneo.
Un gobierno que viola sistemáticamente estos derechos no puede exigir que el mundo cierre los ojos en nombre de una abstracción jurídica conveniente.

Venezuela no es un caso de "divergencia ideológica"; es una tragedia humanitaria.
- Millones de personas se han visto obligadas a dejar el país.
- Las que se quedaron conviven con la escasez, la represión y el miedo.
- No hay elecciones libres. No hay prensa independiente.
- No hay un Poder Judicial autónomo.
- No hay canales internos efectivos para que el pueblo se libere por su propia cuenta.
Defender que ese pueblo "resuelva solo" su situación es, en la práctica, defender la perpetuación del sufrimiento.
Por eso, la ayuda externa -incluida la militar, cuando sea necesaria para proteger vidas y no regímenes- no es una violación moral del derecho internacional.
