El poder no se divide, se comparte

Los conflictos que han ocurrido en días pasados entre el Congreso, el presidente y la Suprema Corte de Justicia me recordaron algunas valiosas lecciones que aprendí cuando era estudiante.
En las clases de historia nos enseñaron que los redactores de la Constitución se inspiraron en los escritos del filósofo político francés Montesquieu (1689-1755).
En su libro “De L’Esprit des Loix” (El espíritu de las leyes), publicado en 1748, Montesquieu defendía una “separación de poderes” en legislativo, ejecutivo y judicial para evitar la tiranía.
Sin embargo, el término “separación de poderes” es engañoso, ya que, en realidad, son las instituciones las que están separadas, no los poderes.
Recuerdo los cursos que tomé con el profesor Richard Neustadt, en Harvard.
Fue el experto que más ayudó a aclarar esta posible confusión para el caso de Estados Unidos.
Es así como en el intrincado entramado de teorías de la gobernanza, destacan los dos conceptos:
“Separación de poderes” e “instituciones separadas que comparten poder”
Si bien estos términos pueden parecer similares a primera vista, cuando uno profundiza en los escritos del profesor Neustadt se aclaran las distinciones y nos damos cuenta de cómo estos modelos dan forma a la dinámica de políticas públicas y a los resultados gubernamentales.
Creo que sería muy recomendable para la próxima presidenta de México, y su equipo, analizar esta discusión más temprano que tarde.
El concepto de “separación de poderes” tiene sus raíces en las obras fundamentales de filósofos políticos que, como Montesquieu, encarnan la división de la autoridad gubernamental entre distintos poderes (legislativo, ejecutivo y judicial), cada uno de los cuales posee funciones autónomas.
Esta división sirve como salvaguardia contra la tiranía al impedir la concentración del poder en manos de una sola entidad.
