
La solicitud de EU a México para realizar la “detención provisional” con fines de extradición de Rubén Rocha Moya, gobernador de Sinaloa.
Y otros nueve funcionarios con carácter urgente, de conformidad con el artículo 11 del Tratado de Extradición, arrastraron a las relaciones bilaterales a un maelstrom político y mediático.
- Ambos países tienen una larga lista de solicitudes de extradición pendientes.
Las solicitadas por el gobierno de México a EU a través de nuestra Embajada en Washington, se les llama “solicitudes de extradición activas”.
En general el gobierno de EU es lento para desahogarlas, por dificultades en la ubicación de las personas, porque no están bien fundamentadas o incluso un juez de EU rechaza la petición.
A las extradiciones que EU solicita a la Cancillería mexicana a través de su embajada en nuestro país, se les conoce como “extradiciones pasivas” y la Cancillería no suele informar a la Embajada de México en Washington sobre ellas.
Durante años, nuestro país tampoco cumplió ni con la detención provisional ni la extradición de diversas personas.
Algunos casos relacionados con el crimen organizado siguieron largos procesos de amparo para evitar la extradición y ocasionalmente hubo presunción de corrupción de jueces que negaron la extradición.
En otras ocasiones el gobierno de México argumentó, con base en el Tratado, que en caso de que el sujeto a extraditar tuviera abierto un proceso en México.
Había que concluirlo bajo las leyes mexicanas y, después de cumplir su condena en el país, podría ser extraditado siempre y cuando no fuera juzgado por el mismo delito en EU.
En varios casos más.
Nuestro país extraditó a mexicanos con casos pendientes en México, para ser juzgados en EU solicitando que tras su juicio en EU fuesen retornados para juzgarlos en territorio nacional, siempre bajo la premisa de que no podían ser juzgados en ambos países por el mismo delito.
- EU incumplió la medida en varias ocasiones, al concederles la calidad de testigos protegidos y nunca los regresó para ser juzgados en México.
El gobierno de EU siguió las disposiciones del Tratado al solicitar la “detención provisional” con fines de extradición de Rocha Moya y compañía.
- En esta etapa procesal no está obligado a presentar pruebas, para ello cuenta con 60 días.
Tampoco cometió una violación al hacer pública la acusación, a pesar de lo dicho por la Secretaría de Relaciones Exteriores y la FGR.
Ahora pretenden negar la detención provisional argumentando que no es urgente, se evidencia la manipulación política o bien no cuentan con abogados expertos en la materia.
En este caso, la argumentación mexicana de violación a la soberanía es insostenible.
- México ratificó el Tratado de Extradición en ejercicio de su soberanía.

