Mayores facultades del SAT, y más impuestos, en 2026.

También se aprobaron reformas al Código Fiscal de la Federación, que le dan al SAT facultades discrecionales, basadas en meras sospechas, que pueden incluso poner bajo prisión preventiva a los contribuyentes.
En efecto, se aprobaron severas sanciones para quienes emitan o den efectos fiscales a facturas falsas, que amparen operaciones inexistentes, (según el SAT) y las penas van de dos a nueve años de prisión, además de la aplicación de prisión preventiva oficiosa.
De tal suerte, con tan solo un CFDI cuestionado, se pueden generar las consecuencias ya señaladas para quien lo recibió, si quien lo haya emitido, esté en la lista negra de emisores de facturas falsas, aún y cuando el CFDI ampare un acto cierto y legal.
De hecho, el SAT, desde la entrega o notificación de la orden de verificación, estaría facultado para suspender la emisión de CFDI del contribuyente, y la suspensión se mantendría hasta le emisión de la resolución del procedimiento de verificación.
Esto puede paralizar las ventas y dejar a la empresa sin liquidez, ni para pagar los sueldos a sus empleados, por lo que deben contar con planes alternativos para enfrentar esta contingencia.
Por otro lado, los contribuyentes que impugnen créditos fiscales, incluso mediante el recurso de revocación, deberán garantizar el crédito fiscal, más los recargos que se causen en los siguientes doce meses, preferentemente mediante depósito en el Banco del Bienestar.
Por otro lado, para el caso concreto de quienes perciben intereses pagados por el Sector Financiero, la Ley de Ingresos de la Federación aprobó un aumento en la retención de ISR y la aumentó a 0.90% sobre el principal o el capital invertido, cuando en este año la retención aplicada es de 0.50% lo que representa un aumento del 80%.
Aunque en estricto sentido esta retención representa un pago provisional de ISR, a cuenta del impuesto anual, muchas personas no presentan declaración anual, por percibir un ingreso gravable abajo del mínimo, y quienes sí lo hacen, llegarían a determinar un saldo a favor, que en muchos casos, nunca se recupera.
Sin duda alguna, las modificaciones tributarias para 2026 tienen un fin recaudatorio, y la autoridad estima que aumentarán sus ingresos tributarios en unos $270 mil millones de pesos para el próximo año, sin embargo, el aumento programado para el Gasto Neto total presupuestal.
Es de casi $900 mil millones de pesos para el 2026, por lo que los mayores ingresos impositivos solo ayudaran marginalmente a pagar el excesivo aumento al Gasto programado para 2026.
Finalmente, la asfixia fiscal que se está imponiendo a los empresarios, que se corona con jueces y magistrados incompetentes y a modo, que difícilmente fallaran en favor del contribuyente, aún y cuando tengan la razón.
Ha de operar en contra de los mayores ingresos tributarios, y como lo estamos viendo, muchos empresarios están migrando hacia la economía informal, mermando la recaudación fiscal, por lo que habrá que ver si realmente se consiguen los mayores ingresos programados.
Y con la economía prácticamente estancada, las posibles reformas impositivas que pudieran instrumentarse, obtendrían solo resultados marginales en la recaudación de impuestos.
