Las observaciones del gobernador al presupuesto aprobado por el congreso y el artículo 90 de la Constitución

Si bien el texto del Artículo 90 de la Constitución de nuestro Estado.
Señala a la letra que el Congreso “Estará en aptitud de discutir nuevamente la Ley o Decreto” sin embargo, se debe entender que la nueva discusión debe circunscribirse, únicamente, a las observaciones hechas por el Ejecutivo Estatal, y NO introducir nuevas modificaciones a la Ley ya aprobada en primera vuelta.
Esto debe ser así, porque el referido Artículo 90 señala que de ser aprobada “de nueva cuenta” ahora por mayoría calificada de dos terceras partes de los Diputados asistentes.
La Ley se remitirá nuevamente al Ejecutivo Estatal para su publicación dentro de los diez días naturales siguientes, dejándolo ya sin derecho a realizar nuevas observaciones.
Razón por la cual NO deben incluirse nuevas disposiciones a las contenidas en la Ley aprobada en primera instancia, porque deja en estado de indefensión al Ejecutivo Estatal para observar las nuevas disposiciones no contenidas en la primera Ley aprobada y observada.
Por ejemplo, en una de las Leyes aprobada por el Congreso en primera instancia.
Incrementa de 20 a 25 porciento las participaciones que actualmente reciben los Municipios del Estado, disposición que fue observada por el Ejecutivo Estatal, y si el Congreso.
Al discutir de nuevo la Ley observada, decide aumentar más las participaciones a Municipios, digamos de 25 a 50 porciento, y se aprueba por mayoría calificada, el Gobernador debe tener derecho a observar la nueva disposición, como si fuera aprobada en primera instancia, pero la Constitución no lo señala así, de manera expresa, lo cual es una omisión que debe corregirse.
Es decir, si el Congreso se ciñe a discutir exclusivamente las disposiciones observadas por el Ejecutivo Estatal, y reafirma su aprobación a esas disposiciones, entonces si, la publicación de la nueva Ley es obligatoria para el Gobernador, pero no debe incluir “nuevas” disposiciones a las contenidas en la primera Ley aprobada.
Comento esto, porque he leído en la prensa, que Morena estuvo negociando su apoyo a los legisladores del PRI y del PAN, para obtener la mayoría calificada, a cambio de que incluyeran en las Leyes observadas, nuevas disposiciones de Gasto.
En favor de grupos vulnerables y otras cosas más, las cuales NO estaban contempladas en la Ley observada, situación irregular que daría pie a una controversia Constitucional, con amplias posibilidades de ser ganada por el Ejecutivo Estatal.
Flaco favor se hacen los actuales Diputados locales, al actuar de esta manera ilegal, buscando dejar en estado de indefensión al Ejecutivo Estatal, cuando deberían ocuparse de revisar y analizar las razones del Gobernador, y buscar negociar acuerdos favorables y aceptables para ambas partes.
Parar las obras en proceso, negando o disminuyendo la solicitud para contratar nueva deuda pública, cuya aplicación está a la vista de todos, no es una actitud sensata.
Ya que se usa como elemento de negociación o chantaje, para obtener a cambio beneficios específicos, cuando lo conducente, es revisar el esquema financiero de las obras en proceso y validar sus requerimientos financieros.
