Prisión preventiva oficiosa, dilema de la Corte

José Luis Elizondo DETONA: Desafío es delicado y crucial.
Por José Luis Elizondo Treviño
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Calderón DETONA aquí.

Debido a la constante presión de organismos internacionales defensores de los derechos humanos, en junio de 2011 se aprobaron en el Congreso de la Unión modificaciones a nuestro marco constitucional para fortalecer y ampliar los derechos humanos en México, bajo los principios de progresividad y pro persona.

El principio de progresividad establece que los derechos humanos deben avanzar constantemente hacia una mayor protección y realización.

Esto significa que los Estados deben adoptar medidas progresivas para garantizar que los derechos reconocidos en los tratados internacionales y en las constituciones nacionales se implementen de manera efectiva y se amplíen con el tiempo.

Por otro lado, el principio de pro persona, establece que en caso de conflicto entre distintas normas jurídicas, se debe dar prioridad a aquella que sea más favorable para la protección de los derechos humanos de las personas.

Esto significa que, en situaciones en las que haya diferentes interpretaciones de la ley, se debe elegir la interpretación que maximice la protección de los derechos fundamentales de las personas.

En este contexto, los Ministros de la Suprema Corte de Justicia enfrentan un dilema, ya que la Comisión Interamericana de los Derechos Humanos ha solicitado al gobierno mexicano que suprima de la Constitución y del Código Nacional de Procedimientos Penales la figura de prisión preventiva oficiosa, por contravenir los tratados internacionales de los que México forma parte.

Actualmente, más de 90 mil presos en el país se encuentran en prisión sin contar con una sentencia condenatoria

Por lo tanto, están purgando una pena que aún no les ha sido impuesta, lo que constituye una flagrante violación de sus derechos humanos.

La recomendación de la Corte Interamericana de los Derechos Humanos, fundada en la progresividad y el principio pro persona de los derechos humanos que se reconocen en México, fue ignorada por el Congreso de la Unión, ya que ninguna de las cámaras legislaron al respecto, y por el Presidente de la República; así que le toca al Poder Judicial abordar esta exigencia.

Por una parte, la tarea de la Corte es constituirse en el garante de la Constitución.

José Luis Elizondo Treviño
Profesor y abogado con más de 30 años en el servicio público estatal y municipal. Articulista en diversos medios digitales.