Convenio ASF - CMIC



El primero cuando la autoridad detecta irregularidades en el ejercicio del gasto público, por lo cual la intervención del gobierno resulta necesaria —ya sea a través de programas, obra pública, políticas públicas, etc.— y en la fiscalización, para prevenir o corregir conductas incorrectas.
El segundo tiene que ver con un efecto esperado, pero no necesariamente inmediato, de dinamizar ya sean algunas conductas sociales o económicas.
Es decir, la inversión pública tiene un efecto multiplicador de los beneficios sociales, por lo que resulta indispensable que cuente con criterios de eficiencia, eficacia, economía e integridad en el ejercicio de los recursos públicos.
El gasto en infraestructura, es relevante y estratégico, fundamental para el desarrollo económico, por lo que debe ser bien gastado y en un trabajo preventivo de preferencia, bien ejercido y fiscalizado.






